Cómo proceder al IVE por la seguridad social

abortar en sevilla por la seguridad social

Para abortar en Sevilla por la seguridad social debes cumplir una serie de especificaciones. En primer lugar hay que saber que la interrupción voluntaria del embarazo es un procedimiento para finalizar un embarazo. Y este se debe contemplar dentro de un marco legal por una Ley Orgánica. Se realiza por profesionales de la medicina especializados o bajo su dirección, con una técnica adecuada y siguiendo los criterios de calidad sanitaria.  Para la interrupción se pueden dar dos casos:

 

  1. Que venga de la propia mujer. Y en España es legal hasta la semana 14 de gestación.

 

  1. Determinada por causas médicas.

 

Estas causas medicas pueden ser las descritas. Cuando exista grave riesgo para la vida o la salud de la mujer hasta las primeras 22 semanas de gestación. Que exista riesgo de graves anomalías en el feto hasta las primeras 22 semanas de gestación. Cuando existan anomalías fetales incompatibles con la vida. Cuando se detecte en el feto enfermedad extremadamente grave e incurable en el momento del diagnóstico. Además es financiada por el sistema sanitario y cubre a todas las mujeres que lo soliciten y tengan derecho a la asistencia pública sanitaria. El IVE en Sevilla se realiza con varias técnicas y dependerá de cada caso cuál es la mejor opción para la paciente.

 

 

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